viernes, 15 de mayo de 2009

POPULORUM PROGRESSIO

En 1967 se conoció la Carta Encíclica de Paulo VI sobre el “Desarrollo de los Pueblos”. La existencia de un mundo convulsionado y con problemas trágicamente perentorios, conducen a Paulo VI a enfrentar la cuestión fundamental de la propiedad de los bienes naturales.

En ese sentido el lenguaje es realmente inusitado: expresa que si la tierra está hecha para procurar a cada uno los medios de subsistencia y los instrumentos de su progreso, todo hombre tiene derecho de encontrar en ella lo que necesita. Sentado este principio Paulo VI avanza diciendo: Todos los demás derechos, sean los que sean, comprendidos en ellos, los de propiedad y los de comercio libre, a ello están subordinados.

No puede pedirse una condenación más categórica del concepto romano del dominio, propio de una civilización dividida en una minoría de amos y una multitud de esclavos. El derecho esclavizador de Roma aún perdura a través de todos los códigos civiles. Correspondería, en consecuencia, que todos los gobiernos se pusieran a revisar fundamentalmente sus códigos para adaptarlos a esta concepción.

Y por si esto fuera poco, Paulo VI subraya: La propiedad privada no constituye para nadie un derecho incondicional y absoluto. No hay ninguna razón para reservarse el uso exclusivo lo que supera la propia necesidad, cuando a los demás le falta lo necesario. El derecho de propiedad no debe jamás ejercitarse con detrimento de la utilidad común.

Paulo VI admite que: La renta disponible no es cosa que queda librada al capricho de los hombres y que las especulaciones egoístas deben ser eliminadas. No podría admitirse que ciudadanos, provistos de rentas abundantes, provenientes de los recursos y de la actividad nacional, los transfieran en parte considerable al extranjero, por puro provecho personal sin preocuparse del daño evidente que con ello infligen a la propia patria.

La condena al derecho absoluto sobre la propiedad privada es cristalina. Por desgracia, expresa Paulo VI, se ha construido un sistema en nuestra sociedad, que considera el provecho como motor esencial del progreso económico, la concurrencia como ley suprema de la economía, la propiedad privada de los medios de producción como un derecho absoluto, sin límite ni obligaciones sociales correspondientes. Este liberalismo sin freno que conduce a la dictadura, ya fue denunciado por Pío XI como generador del Imperialismo Internacional del Dinero, recordando una vez más la norma moral de la economía al servicio del hombre y no viceversa.

 

miércoles, 8 de abril de 2009

Cooperativismo: Esperanza de Liberación. Cap. I





CAPITULO I: Estrategias de la Dependencia


Toda estrategia de liberación e dependencia contempla definiciones básicas en los aspectos económico; social y cultural. Dentro de estas áreas hay un elemento básico que contribuye a darles forma y caracterizarlas como dependientes ó liberadas: es la tecnología aplicada a las técnicas productivas, su generación, compra, uso y disponibilidad.
En los países subordinados a la adquisición de tecnología, a través del mecanismo de compra se ejerce una acción de sometimiento, dependencia y deformación sobre la estructura económica productiva, social y cultural.
Si bien de todos los conocimientos técnicos hay algunos de libre disponibilidad, que no son propiedad de nadie en particular, sino que son de dominio público y que se transmiten a través de material impreso, cibernético ó por transmisión personal, como ocurre con el intercambio de información entre técnicos y científicos, reuniones, congresos, seminarios, etc. Otros conocimientos útiles é imprescindibles a la estructura productiva están apropiados por las empresas multinacionales, en base a alguna de las siguientes características:
a): la existencia de una protección legal de la propiedad de tales conocimientos técnicos, bajo la forma de patente, marca ó modelo y diseño industrial.
b): la posesión de conocimientos técnicos protegidos por secreto de confidencialidad, que se conocen con el nombre de “know how” y que incluyen toda capacidad técnica en manos de las trasnacionales.
Así, se realiza la comercialización internacional de tecnología, en lugar de la transferencia, intentando presentarlo como una voluntaria y generosa “contribución”, que en realidad es inexistente.
Otra figura en la dependencia tecnológica lo constituye el uso de “ licencia”, que no es más que un alquiler de conocimiento tecnológico, con secreto industrial, no existiendo una transmisión de la propiedad de tales conocimientos.
El licenciamiento ó transferencia de tecnología se perfecciona mediante acuerdos ó contratos. A cambio del supuesto conocimiento recibido el licenciatario ó receptor se obliga a pagos, mediante:
1- montos globales.
2- Cantidades pagadas periódicamente, calculadas porcentualmente en base a producción, ventas, utilidades, etc., llamadas “regalías”.
Los países subordinados, en su afán por lograr un presunto desarrollo industrial, que suponen superación del estancamiento y acortamiento de distancia con los países “desarrollados”, aplican barreras aduaneras proteccionistas de la producción industrial.
Ante ello, las corporaciones multinacionales adecuan su política, capturando el mercado de exportación, único medio que se cree idóneo, dentro del sistema capitalista.
Así, las políticas implementadas por las corporaciones multinacionales se refieren a:
1- La instalación de subsidiarias en los países con protección arancelaria, operando
bajo licencia de la matriz. La sucursal de la casa matriz procede a la remesa de
divisas ( regalías).
2- El licenciamiento a empresarios locales, introduciendo de esta forma el producto
haciendo suyo el mercado.
Es un hecho que las grandes corporaciones multinacionales son las principales generadoras y a la vez licenciadoras de tecnología. Esa actividad de creación es una de sus funciones imprescindibles y sobre las que vuelcan sus mayores esfuerzos. La necesidad es obvia: por un lado los mercados para los cuales producen exigen para su mantención cada día nuevos productos, y por otro lado la venta de los conocimientos a países receptores es tan redituable como la venta de los productos a fabricar por ellos.
Estos son, en parte, los mecanismos de exacción de riquezas del comercio de tecnología y la forma en que los países generadores de la misma, a través de sus empresas, determinan y conforman la estructura industrial é influyen en la conformación social de los países subordinados.
Además, el financiamiento de las actividades de investigación científico-técnicas lo logran a través de los ingresos por licencias y por el precio de los productos que venden con sus tecnologías incorporadas a ellos.



Reinaldo José Enríquez Bavio
Reinaldojosenriquezbavio.blogspot.com
rjenriquez1@yahoo.com.ar
Eltabanoguarimbero.